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  • erika
  • 16 Febrero 2023

Estas son las deducciones que puedes hacer ante el SAT en 2023

Abril es el mes en el que debes presentar tu declaración anual ante el SAT y aunque parece lejano, puedes comenzar a prepararte para hacer el trámite a tiempo.


  • Hay varios servicios y gastos que puedes deducir en este servicio y que pueden generarte un saldo a favor.

  • Obtén tu saldo a favor con ayuda de este listado sobre los productos que entran en este apartado.

La declaración de impuestos 2023 se realizará en abril, sin embargo, nunca es demasiado pronto para empezar a planificar las deducciones de este trámite.

Esto es con el fin de que disminuyan tus ingresos acumulables del ejercicio que corresponde por lo que podría ser el empujón que necesites para recuperarte de la cuesta de enero. Recuerda que la fecha límite es el 30 de abril.

Además, es importante recordar que para hacer válidas tus deducciones este 2023, hay que cumplir ciertas condiciones.

Por ejemplo, todo lo que quieras deducir deberás pagarlo por medio de tu tarjeta de nómina, tarjeta de crédito o transferencia electrónica y contar con tu respectivo comprobante.

Además, el monto total de las deducciones personales no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o de 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor», dijo Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de investigación Fiscal del Colegio de Contadores, a Business Insider México.

La UMA anual es de 37,844.40 pesos, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

Las deducciones personales que contempla la ley este 2023:

Salud

Los siguientes conceptos son deducibles si los efectúas para ti, tu pareja (casados o en concubinato), madre o padre; abuelos, hijos y nietos. Esto, siempre y cuando ellos dependan económicamente de ti.


  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición: deben realizarlos personas con título profesional y registrados ante las autoridades educativas.

  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.

  • Honorarios por enfermería.

  • Análisis o estudios clínicos.

  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación de una persona.

  • Prótesis.

  • Compra de lentes ópticos graduados.

  • Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.

Educación

En este caso, las deducciones que puedes hacer ante el SAT hacen referencia a instituciones privadas con validez oficial.

Es posible deducir los gastos desde preescolar hasta medio superior o su equivalente. No obstante, hay un límite anual de la cantidad disponible a deducir:


  • Preescolar: 14,200 pesos.

  • Primaria: 12,900 pesos.

  • Secundaria: 19,900 pesos.

  • Profesional técnico: 17,100 pesos.

  • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

También se incluye el transporte escolar, pero solamente si es obligatorio.

«Cuando realices pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que puedes disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició», explica el SAT.

Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no son deducibles.

Otros


  • Gastos funerarios de tu pareja (casados o en concubinato), madre, padre, abuelos, hijos y nietos: se puede hacer a través de cualquier método de pago, siempre y cuando tengas la factura y su límite es una UMA anual.

  • Intereses reales, devengados y pagados por créditos hipotecarios destinados a tu casa y contratados con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras: esto mientras el crédito otorgado no exceda de 650,000 unidades de inversión (UDIS).

  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos: no serán onerosos ni remunerativos. El monto no puede exceder 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior.

  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas a la Afore.

  • El pago por impuestos locales por salarios: mientras la tasa no exceda 5%. Debes hacerlo mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. No es válido si el pago fue realizado en efectivo.

Fuente: businessinsider.mx


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